En nuestra exposición “La rebotica del archivo” se muestra una caja de ampollas de vitamina B1 que, la verdad, pasa un poco desapercibida. Incluso podría parecer un simple adorno. Pero no. Resulta que forma parte del expediente de un juicio celebrado en la Audiencia Provincial en 1961 por aborto. Pero es que la vitamina B1 no tiene nada que ver con los abortos. Entonces, ¿por qué está aquí? Vamos a averiguarlo.
En enero de 1961 la Guardia Civil de Consuegra tuvo conocimiento de que unos días atrás “se había producido un alboroto en la persona de la joven A.”, que vivía en un caserío algo alejado del pueblo. Allá que se fueron los agentes a interrogar a los que pudieran tener algo que ver. En primer lugar, claro, a la afectada, que declaró que desde año y medio atrás mantenía relaciones con un vecino y, habiendo tenido “trato carnal”, a mediados de noviembre sospechó haberse quedado embarazada. Asustada, pasó a casa de la familia del novio sin decir nada a sus propios padres, y allí la hermana del novio, llamada G., le aconsejó que fuese a ver al médico de cabecera pretextando dolores reumáticos, puesto que con las inyecciones que le recetaría se produciría el aborto. El médico le recetó unas inyecciones de Vitamina B1 y unos supositorios de “Bultasolidina o Bitalpina, ya que estos dos nombres son muy parecidos y no los recuerda bien”, según reza su declaración. Probablemente se tratase de butazolidina, que, efectivamente, se utiliza para dolores artíticos. El practicante del pueblo le puso dos de las inyecciones. Como no abortaba, más tarde G. le hizo unas friegas, que tampoco sirvieron. Unos días después, siempre según su declaración, volvió a casa de sus padres donde, finalmente abortó de forma espontánea el 8 de diciembre con ayuda de su madre. Ella atribuye el aborto al disgusto porque su novio, en una carta, insinúa la posibilidad de que rompiesen relaciones porque ella había ido a un baile días atrás. La madre guardó el feto en un vaso con alcohol con la intención de afearle al novio su conducta en caso de ruptura del noviazgo. Como es natural, ya no se podía ocultar el asunto, que llegó a oídos de la autoridad.
Las indagaciones del juez de Madridejos al que correspondió el caso aportan, entre otros datos, el motivo de la presencia de las ampollas en el expediente. En efecto, estas le fueron administradas a A. mediante inyecciones que le puso el practicante del pueblo, quien se quedó con el resto de la caja que luego entregaría a los funcionarios judiciales. Por eso la tenemos hoy aquí. Por lo demás, el informe del propio médico local asegura que estas vitaminas no tienen ningún efecto abortivo.
Mientras tanto, A. insiste en que fue su futura cuñada quien le animó a abortar, y esta niega incluso haber conocido el embarazo con anterioridad a los hechos. El novio, por su parte, también niega haber animado al aborto, aunque sí reconoce el embarazo y su paternidad. Así las cosas, el juez termina su instrucción y eleva el caso, como posible delito penal, a la Audiencia Provincial. Este juzgado se demoró siete meses hasta que declaró a ambas mujeres culpables de aborto en grado de tentativa pero, atendiendo a los diferentes atenuantes y circunstancias, todo se solventó con una libertad condicional de tres años para cada una.
Como siempre sucede en estos documentos, además del argumento principal, por decirlo así, aparecen otros interesantes detalles colaterales. Las dos acusadas son descritas físicamente pero, sobre todo, insisten en su insolvencia, algo que ratifican dos testigos del pueblo y la inspección de su casa que hicieron los funcionarios judiciales. Ninguna de las dos sabe escribir, así que firman con su huella dactilar, y el novio afirmará que sabe poner su nombre, pero nada más, de manera que la carta aludida la escribió un compañero de trabajo a su dictado. Por último hay que señalar que G. tenía, en realidad, otro nombre oficial, pero que era conocida por ese en todas partes, hasta el punto de que en una de las declaraciones ella misma olvida cuál es su nombre oficial, debiendo rectificar posteriormente.