COMERCIO, FÁBRICAS Y ESCAQUEO EN OCAÑA

En 1773 Carlos III ordena que en las ciudades que tengan comerciantes y no tengan consulado, se elabore la lista de todos los comerciantes existentes en la localidad, distinguiendo los españoles de los extranjeros. Así se hizo en todas partes, y en nuestro Archivo conservamos un expediente con las listas completas de Ocaña entre 1773 y 1783.

Portada de la Real Cédula de 22 de junio de 1773
Real Cédula de 22 de junio de 1773

Las listas de por sí ya son suficientemente interesantes. Las realizan, en años alternos, los dos únicos mayoristas de la localidad: Francisco Hayden, de origen irlandés, y Manuel del Río. Se insiste en que este último no es propiamente comerciante, pero debe incluirse en la nómina “pues su fábrica de curtidos sólo conduce al beneficio público” y evita la entrada de artículos extranjeros. De hecho, en 1776 Del Río consigue la protección real para sus fábricas de curtidos y de jabón duro. La documentación nos informa de que la fábrica de curtidos la compró a Martín González Salvador “hace muchos años”, mientras que la de jabón fue establecida en 1745 y desde entonces ha contribuido con cerca de 500.000 reales al erario público. Además, “la de curtidos tiene todas las oficinas correspondientes y los operarios precisos para su servidumbre, cuyos géneros son suelas, baquetas, cordobanes y badanas con abundancia y de especial calidad. Y en la de jabón hay una caldera de seiscientas cincuenta arrobas con todas las oficinas precisas, siendo el jabón duro que en ellas se labra de especial calidad, cuyos derechos y el de sus ingredientes producen anualmente a mi Real Hacienda veinte y cinco mil reales poco más o menos”. Se le ordena que no use “por ningún caso ni motivo de cabezas de cobre cerradas sin sangradores”, sino que funcione de acuerdo con las ordenanzas del sector.

Información sobre las fábricas de Manuel del Río
Información sobre las fábricas de Manuel del Río

Pero resulta que formar parte de esta lista tenía sus ventajas, entre ellas que los empleados de estos comercios mayoristas estaban exentos de las levas militares, lo que luego se llamarían “quintas”. Así que la insistencia en que Del Río y su fábrica fuesen considerados comercios mayoristas no era inocente. En 1776, este industrial afirma que tiene empleado a su sobrino Manuel Cecilio Huelves (cuyos descendientes, por cierto, serían prominentes políticos y alcanzarían la nobleza). Precisamente este mismo Huelves se había visto implicado el año anterior en una reclamación del síndico del concejo de Ocaña porque pretendía librarse de la leva alegando ser tenedor de libros en otra fábrica de jabón, la de Sebastián de Bonilla. El representante municipal alega que los fabricantes de jabón no pueden ser considerados comerciantes, que la lista había sido elaborada de forma fraudulenta, que el examen de las escrituras de los libros de caja de la empresa demuestra que Huelves no escribió nunca nada en ellos y, sobre todo, que “en ningún tiempo han necesitado de tales dependientes los comerciantes de aceite y jabón”. El asunto se resolvió porque, finalmente, el sorteo de los mozos obligados al servicio militar le resultó favorable pero, como hemos visto, al año siguiente ya tomó las correspondientes precauciones consiguiendo que su tío, Manuel del Río, le emplease en su fábrica de curtidos bajo protección real. Todo un montaje para evitar el servicio militar.

No queremos terminar sin aludir a los comerciantes al por menor, ajenos a todo esto pero que también aparecen puntualmente registrados. Durante estos años hay seis comerciantes al por menor, cinco de ellos dedicados a “varios géneros ultramarinos, de lanas y ferretería y fábricas de estos reinos”, y el otro dedicado a “cacao y azúcar y toda clase de especiería”. Además, en relación aparte se indica que hay un comerciante francés, Pedro del Val (llamado a veces Manuel), también dedicado a los ultramarinos.

LAS BULAS DEL ARZOBISPO INGUANZO

Pedro Inguanzo y Rivero fue arzobispo de Toledo entre 1824 y 1836 y llegó a nuestra diócesis procedente de la de Zamora. Se le considera un prelado muy tradicionalista y también un gran orador, que participó activamente en la política general de su época. En nuestro Archivo conservamos una pequeña pero muy interesante colección de seis bulas pontificias, más el traslado de otra, todas relacionadas con su llegada a Toledo.

Las seis bulas del arzobispo Inguanzo
Las seis bulas del arzobispo Inguanzo

Como sabéis, las “bulas” son documentos propios de las cancillerías pontificias, que se identifican precisamente por la “bulla” o bola de plomo con la que se confecciona el sello que sirve para validar el documento. Estos sellos tienen, por un lado, el nombre abreviado el papa, en este caso León XII, y por otro las efigies de San Pedro y San Pablo. Es muy frecuente que, con el tiempo, este tipo de sellos pendientes se desprendan de sus documentos y se pierdan, pero en nuestro caso los siete sellos se han conservado perfectamente. Se puede apreciar que los vínculos que los unen a los documentos son de cáñamo, salvo en un caso, en que está hecho de hilos rojos y amarillos. Todo ello pretende transmitir una teórica vocación de sencillez, aunque lo cierto es que los documentos son estéticamente muy llamativos, no solo por las bulas sino también por su enrevesada caligrafía y sus letras adornadas.

Sellos de plomo o "bullas"
Sellos de plomo o «bullas»

Las seis bulas originales, escritas sobre pergamino, están datadas “apud Petrum”, es decir, en la basílica de San Pedro de Roma, “quinto Kalendis Octobris”. Como es sabido, la Iglesia mantuvo mucho tiempo, y en algunos aspectos todavía mantiene, las formas cronológicas romanas, que dividen el mes en tres tramos disimétricos llamados “calendas”, “nonas” e “idus”, y luego se cuentan los días hacia atrás. De este modo, el 5 de las calendas de octubre se corresponde con el 27 de septiembre de 1824.

Bula de comisión para el juramento
Bula de comisión para el juramento

Cuatro de las seis bulas son muy similares en su contenido. Exhortan a obedecer al nuevo obispo a diferentes colectivos: el cabildo catedral, el clero, los obispos sufragáneos y los vasallos. Respecto a esta última, hay que recordar que todavía estamos bajo un régimen señorial, en el que el arzobispo era señor jurisdiccional de amplios territorios. Además, encontramos la bula de comisión para el juramento, y la de absolución, es decir, la que desligaba al interesado de su obispado anterior. El séptimo documento es un traslado de la fórmula del juramento que deberá pronunciar el nuevo arzobispo; no se trata propiamente de una bula, aunque también lleva el sello de plomo pendiente.

Notas al dorso
Notas al dorso

Precisamente al dorso de este traslado de la fórmula del juramento encontramos algunas anotaciones, mucho más fáciles de leer para nosotros. Además de una breve indicación del contenido del documento (los demás documentos también tienen una indicación parecida), nos muestran algunos aspectos burocráticos de las relaciones Iglesia-Estado en este momento. Así, el juramento tiene el visto bueno del secretario de la embajada de España en la Santa Sede, y también, en otra nota, se indica que el juramento de fidelidad a la Santa Sede no debe ir en perjuicio del juramento equivalente al rey, ni tampoco de las leyes civiles, entregándose una copia auténtica a la Cámara de Castilla

TRABAJANDO EN LOS HORNOS DE VIDRIO

Cadalso de los Vidrios es hoy una localidad de la Comunidad de Madrid, pero hasta 1833 perteneció al ducado de Escalona. Quizá por eso el documento que os presentamos hoy está en nuestro Archivo y, aunque no tiene un aspecto muy atractivo, contiene información realmente interesante. Se trata de un interrogatorio judicial del que tenemos las preguntas y las declaraciones originales de dos testigos. Tanto los testigos como los pleiteantes son trabajadores de los hornos de vidrio que dan su nombre al pueblo.  

Cabecera del interrogatorio
Cabecera del interrogatorio

El primer elemento de interés son precisamente estas personas. Aunque hay fuentes literarias que mencionan estos hornos en la Edad Media, la primera constancia documental es de mediados del siglo XVI y, según este artículo de Belinchón Yagüe, el primer maestro vidriero del que se tiene noticia en Cadalso fue un tal Juan Rodríguez, activo a principios del siglo XVII, conocido a través de fuentes literarias. Pues nuestro documento proporciona el nombre de otros cuatro: los maestros Antonio de Nombela y Pedro Gorrón, y los oficiales Francisco de Salas y Pedro de Navas, todos ellos activos en 1612-1613. Incluso Gorrón, de 48 años de edad, afirma llevar más de 18 como maestro vidriero, mientras que Navas, de 26 años, dice llevar nueve como oficial. No solo son los vidrieros más antiguos documentados en Cadalso, sino que también testimonian una actividad ya muy organizada dentro del sistema gremial propio de la época.

Firmas de los testigos Pedro Gorrón y Pedro de Navas
Firmas de los testigos Pedro Gorrón y Pedro de Navas

El segundo elemento de interés es el pleito. Se trata de una reclamación de cantidad que Salas hace a Nombela, que fue su patrón y del que se había despedido. Lo que nos interesa no son tanto los detalles concretos como las informaciones sobre las condiciones laborales del momento en este tipo de industrias. Dejemos hablar al propio documento: en la pregunta quinta se dice “que en el dicho oficio de labrar el vidrio jamás hubo costumbre de pagar días algunos que se dejasen de trabajar, porque el concierto que se hace con los maestros que tienen hornos es que trabajarán en ellos los días que tuvieren lugar los dichos oficiales, y que los días que faltaren del trabajo no se les pague […] de suerte que a cada uno le queda libertad de su persona: al dueño del horno, de despedir al oficial y al oficial de ir y acudir a las cosas que más le convienen cada y cuando que quiera o despedirse”. Como de costumbre, hemos actualizado la ortografía, pero están claras las condiciones laborales de estas fábricas a principios del siglo XVII.

Detalle de una de las preguntas
Detalle de una de las preguntas

Las respuestas de los testigos confirman esta situación. Pedro Gorrón, que dice ser primo hermano de Nombela, afirma que siempre ha tenido muchos oficiales concertados por meses y por años y siempre con el mismo sistema: día no trabajado es día no cobrado, “ansí por su gusto como por otros inconvenientes”. Eso sí “no por eso los dichos oficiales están obligados a pagar interés alguno a los dichos maestros”; es decir, que los oficiales no pueden quejarse, porque tampoco tienen que pagar al maestro por el trabajo no realizado el día de ausencia ni por dejar el trabajo antes de tiempo.

Fragmento de las respuestas de Pedro Gorrón
Fragmento de las respuestas de Pedro Gorrón

Por su parte, Pedro de Navas, “oficial de labrar vidrio”, confirma que ha trabajado con varios maestros, incluyendo el pleiteante, y nunca le han pedido interés por los días no trabajados. Obviamente, estos son los testigos de la parte del maestro reclamado. Sería muy interesante conocer los testimonios de la parte del oficial reclamante. Pero, de momento, eso no es posible.

EL ARCHIVO NOTARIAL DE ORGAZ

Hoy, 9 de junio, es el Día Internacional de los Archivos. Así que es casi obligado que os presentemos un documento relacionado con nuestro propio ámbito de trabajo. Vamos a asistir, pues, a la formación del archivo notarial de Orgaz. Mejor dicho, a su no-formación. Expliquémoslo.

Portada del expediente
Portada del expediente

Estamos a principios del período revolucionario que había expulsado a Isabel II pero todavía no había acabado de encontrar la forma de gobierno adecuada para España. Una época convulsa, desde luego. El “gobierno provisional” decide acometer un asunto que venía de atrás: el destino de los protocolos de los notarios. Ya hemos hablado en otras ocasiones de los protocolos notariales, auténtico corazón de los Archivos Históricos Provinciales. Como sabéis, el “protocolo” es el conjunto de las escrituras “matrices” (es decir, la copia que se queda el notario de todas las escrituras otorgadas en su presencia) que ha otorgado un notario a lo largo de un año. Desde su regulación a nivel nacional, a principios del siglo XVI, los notarios están obligados a conservar todos los protocolos tanto suyos como de sus antecesores en la notaría. Pero con la llegada del Estado liberal empiezan a surgir voces contra la propiedad privada de unos documentos que ya no tienen, obviamente, valor notarial y sí valor histórico o cultural. Serían los gobiernos más progresistas los que hagan realidad disposiciones en este sentido. Una de ellas será el Decreto de 8 de enero de 1869, que dispone que en cada distrito notarial se constituya un “archivo general de protocolos”, formado con los protocolos de más de 30 años y otros registros que se especifican, y que estará al cargo de un notario del distrito. 

Oficio de la Audiencia Territorial de Madrid
Oficio de la Audiencia Territorial de Madrid

Ya decimos que eran tiempos convulsos. Así que, en el distrito de Orgaz hubieron de pasar casi cinco años sin que nadie hiciera nada al respecto, seguramente ocupados en otras cuestiones. En noviembre de 1873, con la situación general algo más estabilizada, la Audiencia de Madrid escribe al juez de primera instancia para que “por cuanto medio su celo le sugiera”, ponga en marcha de una vez este archivo. Y aquí empiezan los siempre entretenidos trámites burocráticos. En primer lugar, el juez le pasa la pelota al alcalde, para que provea de local adecuado.

Oficio de la Alcaldía de Orgaz
Oficio de la Alcaldía de Orgaz

A los pocos días el alcalde contesta. El único local adecuado es “una de las tres salas que, en el piso alto del edificio donde están establecidos el pósito de esta villa y cárcel del partido, se destinan a prisión de mujeres”, puesto que, con las otras dos salas ya es suficiente para mantener arrestadas a las mujeres presas que pudiera haber. Hoy, el antiguo pósito es sede del juzgado orgaceño y el edificio, reformado, sigue manteniendo allí el archivo judicial. Podéis encontrar más información sobre este interesante edificio en el blog Villa de Orgaz.

Minuta de oficio del juez de instrucción de Orgaz
Minuta de oficio del juez de instrucción de Orgaz

Pero el asunto aún no ha terminado. En enero de 1874 el juez vuelve a remitir el asunto a la Audiencia de Madrid para que disponga el nombramiento del notario archivero. Se ve que el alto tribunal no tiene mucha prisa para estas cuestiones, porque no contesta. Sin embargo, en octubre de 1875 ordena al juez que gire visita de inspección al archivo. El juez, imperturbable, contesta que “no se puede girar visita al archivo de protocolos de este distrito en razón a no haber archivero nombrado en el mismo a donde estuvieran reunidos los protocolos de los pueblos del partido”. No sabemos si esto significa que los documentos ya estaban en el local previsto, pero faltaba quien se hiciese cargo de ellos o si, más bien, no se había hecho nada. Nuestro expediente termina aquí. Solo podemos decir que en algún momento las autoridades decidieron ocuparse de este asunto y hoy el archivo de protocolos de Orgaz funciona con normalidad.

ÁRBOLES GENEALÓGICOS

Los árboles genealógicos son uno de los tipos documentales más llamativos de cualquier archivo histórico, tanto que a veces podemos tener la impresión de que se realizan solo por razones estéticas, como si fuese una obra de arte. Lo cierto es que, aunque en ocasiones su versión final se presenta de manera muy cuidada, los árboles genealógicos se confeccionaban por motivos más prosaicos, por lo general para demostrar el mejor derecho de alguien a determinadas propiedades o rentas, como mayorazgos o capellanías, o a algún título nobiliario.

Copia del testamento de Ana María Delgado (fragmento)
Copia del testamento de Ana María Delgado (fragmento)

Imaginemos, por ejemplo, que Ana María Delgado, viuda de Eugenio de Guadalupe, vecina de Mora, funda un vínculo en su testamento. Esto significa que reúne (“vincula”) determinadas rentas y propiedades para que permanezcan siempre unidas e indivisibles, y además solo puedan transmitirse por herencia, no por venta ni donación. Este vínculo, también llamado “mayorazgo”, debe pasar al principal heredero, “prefiriendo siempre el mayor a el [sic] menor y el varón la hembra, aunque sea de menor edad”. Cuando había un hijo varón al que trasmitir el vínculo, todo iba bien, pero con el tiempo siempre acababa surgiendo algún problema que terminaba en los tribunales. Entonces, cada pretendiente debía demostrar que era el heredero más directo del fundador. Los árboles genealógicos servían para convencer de esto al juez.

Árbol genealógico de los herederos de Francisco Maldonado y Luisa Vázquez
Árbol genealógico de los herederos de Francisco Maldonado y Luisa Vázquez

Demostrar que alguien es hijo de su padre es relativamente sencillo, pero demostrar que uno es el heredero directo de un tatara-tatara-tatarabuelo ya no lo es tanto. Había que recurrir a profesionales, incluyendo genealogistas. En nuestro archivo conservamos un conjunto de documentos que testimonian este trabajo en un pleito por la posesión de dos vínculos, fundados en el siglo XVII por el matrimonio que hemos mencionado con tierras cercanas a Orgaz y Mascaraque, y por los que discutían varios pretendientes dos siglos después. Por ejemplo, hay un árbol genealógico bastante completo, a falta de algunos retoques.

Además, hay bastante notas, borradores y minutas de informes que nos ayudan a entender la complejidad de esta tarea. Por ejemplo, un borrador de la descendencia de Ana María Delgado y Eugenio de Guadalupe, incluyendo tachaduras y lagunas. O también una especie de lista de tareas relacionando las partidas de bautismo que era necesario recabar para dar consistencia legal al árbol genealógico, empezando por la del propio Eugenio de Guadalupe; en el legajo se conservan copias de la mayoría de estas partidas bautismales y certificados de matrimonio. Y, por fin, simples notas que casi nos permiten ver al genealogista inclinado sobre su mesa, a la luz de un quinqué, devanándose los sesos para desentrañar el hilo de la sucesión. Todavía hoy existen genealogistas profesionales que siguen desempeñando estas tareas.

VISITAS PARA EL DÍA DE LOS ARCHIVOS

Animación institucional del Consejo Internacional de Archivos

Como todos sabéis, el próximo día 9 de junio es el Día Internacional de los Archivos. Este año, el Consejo Internacional de Archivos ha elegido como lema «Empoderar los archivos»

Cartel institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La mancha

Por su parte, y en la misma línea, la Viceconsejería de Cultura de Castilla-La Mancha ha elegido como tema: «Casas para la memoria: los edificios de archivo en Castilla-La Mancha»

Patio interior del AHPTO

Nosotros, desde el AHPTO, vamos a celebrar este día con dos tandas de visitas: a las 12:00 y a las 17:00 horas. Os enseñaremos partes de nuestro edificio que habitualmente están restringidas, incluyendo, por supuesto, las yeserías mudéjares, pero también nuestros depósitos de documentos y la exposición permanente. Como los grupos son limitados, por las restricciones sanitarias, es necesario que os inscribáis previamente en nuestros teléfonos (925 267 746 / 925 267 748) o mediante correo electrónico (ahp.toledo@jccm.es). ¡Os esperamos!