NOTICIA DE LA COFRADÍA DEL CORPUS CHRISTI DE TALAVERA

Entre la extensa documentación que conservamos en el AHPTO procedente de las desamortizaciones del siglo XIX encontramos un buen número de documentos de cofradías y hermandades religiosas. En su mayor parte son documentos que se mantuvieron en la Delegación de Hacienda, responsable de la desamortización, fundamentalmente porque podían justificar derechos económicos como rentas, alquileres o propiedades. Entre todas estas cofradías abundan las dedicadas al Santísimo Sacramento, casi en cada lugar de la provincia. Pero nos hemos fijado en la de Talavera de la Reina por dos motivos: porque es la que ha conservado documentos más antiguos, y porque es la única que utiliza explícitamente la denominación “Corpus Christi”.

Texto en letra antigua. Se ha resaltado la frase "en nombre del cabildo y cofradía del Corpus Christi de  esta dicha villa".
«…en nombre del cabildo y cofradía del Corpus Christi de esta dicha villa…»

La primera mención que encontramos está en una escritura de censo que otorgan Gutierre González Doncel y su mujer doña Gracia a Bartolomé Martínez, colegial de Santa María, y a Pedro Sánchez, colegial de El Salvador “en nombre del cabildo y cofradía del Corpus Christi de la dicha villa”, sobre unas casas que tienen “entre los derfanales [¿?] mayores de la dicha villa” en la collación de Santa María. Es de 29 de mayo de 1459 y, como puede observarse, está muy afectada por la corrosión provocada por la tinta ferrogálica.

Fragmento de documento con escritura antigua. Está resaltada la frase "de la santa y noble cofradía que es dicha y llamada en esta dicha villa la la [sic] cofradía del cuerpo de Cristo"
«…de la santa y noble cofradía que es dicha y llamada en esta dicha villa la la [sic] cofradía del cuerpo de Cristo…»

La siguiente mención está en el testamento de Antón Sánchez de Ribera, fechado el 27 de julio de 1465, quien deja la llamada Huerta de Villegas “a los mis hermanos señores cofrades de la santa y noble cofradía que es dicha y llamada en la dicha villa la la [sic] cofradía del Cuerpo de Dios”.

Poco después, el 7 de octubre de 1467, la cofradía arrendará la misma huerta a María González, viuda de Diego Sánchez de Villegas, y a su yerno Toribio González, ambos vecinos de Talavera. El censo será vitalicio, por 800 maravedíes “y cincuenta duraznos” al año. En este documento, unido a la licencia del deán para realizar el arrendamiento y al juramento de ambas partes de cumplir lo acordado, encontramos ya algunos detalles interesantes.  Así, aparece un “prioste”, que lo es Pedro López, canónigo de la Colegiata. Los cofrades son todos clérigos talaveranos, empezando por el propio deán Alfonso Núñez, con varios clérigos de la Colegiata y otros de las iglesias de Santa Leocadia, Santa Eugenia, San Pedro, Santiago el Nuevo y San Martín. En la huerta se incluye “una casa y una cocina techada y tejada con teja y enhiesta y adobada y bien reparada, y la dicha huerta con su aceña y entruesga, todo moliente y corriente”; la “entruesga” era la rueda dentada de un molino. Y a la hora de jurar, lo hicieron “los dichos clérigos por las órdenes de recibieron y los dichos María González y Toribio González por el Nombre de Dios y de Santa María y sobre la señal de la Cruz que con sus manos derechas corporalmente tangieron [quiere decir que hicieron la señal con sus propios dedos] y a las palabras de los Santos Evangelios donde quiera que más largamente sean escritos”.

Inicial miniada, con figura de pez, de "In Dei nomine"
Inicial miniada de «In Dei nomine»

Junto con estos documentos encontramos otros que no se refieren directamente a la cofradía del Corpus Christi, sino más bien a esta “huerta de Villegas”. Pero no nos resistimos a reproducir aquí el dibujo con que se inicia una carta de juramento, asociada a la venta de la finca en cuestión y hecha en julio de 1454. Esta especie de pez representa la inicial de “In Dei nomine”, la invocación con que empieza el documento. Bien podría servir para una “tarasca” de alguna procesión de estos días.

EL TESORO DEL CARDENAL MENDOZA

Pedro González de Mendoza (1428-1495) fue uno de los personajes más poderosos de su tiempo. Su influencia en la corte de los Reyes Católicos fue tal que le llamaban “el tercer rey”. Fue obispo sucesivamente de Calahorra, Sigüenza y Toledo, además de administrador de la diócesis de Sevilla y patriarca de Alejandría. Era hijo del I marqués de Santillana, el famoso poeta, y se dedicó fundamentalmente a la política, la diplomacia y el mecenazgo cultural. Murió en Guadalajara, su ciudad natal, pero mandó enterrarse en la catedral de Toledo y dejó todo el remanente de sus bienes al Hospital de Santa Cruz de nuestra ciudad, que él había fundado por su testamento.

Inventario de las reliquias del cardenal Mendoza
Inventario de las reliquias del cardenal Mendoza

Como puede suponerse, la gestión de su testamentaría no fue fácil. Quedó en manos del que fuera su camarero mayor, el arcediano de Almazán Bartolomé de Medina. Conservamos un cuadernillo con las cuentas que Medina rindió de su gestión de determinados bienes del cardenal, en concreto de las reliquias y de las piezas de oro y joyas, probablemente solo de las destinadas al Hospital toledano. Las cuentas de las reliquias están fechadas y firmadas en Alcalá de Henares en febrero de 1497, y las del oro y joyas en Guadalajara en junio de 1499. En ambos casos fueron recibidas y aprobadas por los contadores del cardenal, Juan de Morales y Diego de Talavera.

Inventario de las reliquias del cardenal Mendoza (detalle)
Inventario de las reliquias del cardenal Mendoza (detalle)

Desde luego, lo más llamativo son las reliquias, que ocupan solo una cara del primer folio. Pero aquí encontramos, en primer lugar, “una espina de las de la corona de Nuestro Señor metida en una caxa pequeñita cubierta de ámbar con un pedaçito de velo y cordón de Nuestro Señor, que dio don Juan de Aragón”, el hijo y heredero de los Reyes Católicos que moriría a los pocos meses. Después, el grueso de las reliquias lo forman un conjunto enviado por Bernardino de Carvajal y Sande, cardenal de Santa Cruz y protegido de Mendoza. Las más importantes aparecen al principio: “Una reliquia de veste incosutili Christi”, “Otra de syndone in qui corpus Domini Nostri Iesu Christi fuit involutus”, “Otra de arundine qui Dominis Nostro Iesu Christi fuit potatus cum spongia” y un trozo de la cruz del buen ladrón, entre otras. Por si tenéis el latín algo oxidado, se trata de un trozo de la túnica inconsútil (es decir, que no tiene costuras) de Cristo, otro de la Sábana Santa y otro de la caña con que se le ofreció de beber con una esponja estando en la Cruz. Nada menos. En la caja en cuestión también se incluía “Una bula del cardenal de Santa + [sic] en que dize cómo envía estas reliquias”. Se manda que todas estas reliquias se den al Hospital de Santa Cruz y, efectivamente, al margen hay una diligencia de recepción hecha por el receptor del Hospital, Alonso Yanes.

Cuenta del oro y joyas del cardenal Mendoza (detalle9
Cuenta del oro y joyas del cardenal Mendoza (detalle)

Siguen doce páginas con las cuentas del oro y las joyas. Primero, se informa pormenorizadamente de lo recibido. Lo interesante es que en cada pieza se especifica no solo su valor, sino también su procedencia. Así, “el collar de oro que se compró de [Juan de] Santángel en Calahorra, que tiene cuarenta y ocho perlas medianas en XLVIII molinetes y doce balajes [rubíes morados] medianos, que pesó todo junto treinta doblas [unos 100 g.]”. Detrás, el “joyel del águila, que se compró en Medina del Campo del Siciliano [¿Lucio M. Sículo?] en X de marzo de LXXXVI, que tiene dos esmeraldas, tres zafires y tres balajes pequeños”. Después un “bernegal [vasija] de oro, que se fizo en Madrid” o “el joyelico que se compró de Fernando del Pulgar, que tiene una esmeralda triangular y tres perlas de hasta cuatro quilates y quarto” y así hasta un total de 23 objetos que pesaron 19 marcos, dos onzas, dos ochavas, un tomín y dos granos, casi 4,5 kilos de oro que hoy valdrían unos 230.000 €, sin contar las joyas ni su valor artístico.

Pero Medina informa también, con el mismo detalle, de lo que se ha hecho con este tesoro en los años de su gestión. Aquí abundan las referencias a artesanos que han elaborado determinadas piezas, con lo que el documento cobra mayor importancia para la historia del arte en el Renacimiento español: “A Juan de Isunza, dos marcos y una onza de oro de lo del bernegal para una taza de oro bullonada con su peana, por libramiento fecho en Vitoria V de octubre de LXXXIII”. Se detallan los costes de las compras y arreglos de joyas, especificando de dónde se sacó el material, cuándo se hizo el recibo y, por supuesto, quién fue el artesano. “Di mas al dicho Jerónimo [Alemán], platero, dos ochavas y media de oro del joyel que se compró del Siciliano para engastar el çafir que se compró en Medina del Campo del judío de Çamora y para engastar otro çafir que se quitó del relicario del propio”. La cuenta final de los gastos coincide con los ingresos, como no podía ser de otra forma, así que el arcediano Medina quedó libre de toda deuda.

No es esta la única cuenta de riquezas del cardenal que se conoce. Si tenéis curiosidad por compararlas, hay una en el archivo de los duques de Alburquerque, estudiada por el profesor Alfonso Franco, y otra en el archivo de la Diputación de Toledo, donde se conserva el grueso del fondo documental del Hospital de Santa Cruz, y que fue editada por su archivero Emilio García Rodríguez.

MUSULMANES Y MOZÁRABES

Hace unos días os presentábamos algunos documentos relacionados con judíos medievales de nuestro archivo. Hoy vamos a ver documentos relacionados con el mundo musulmán, aunque entendido esta vez de manera más flexible.

En efecto, si ya os dijimos que era difícil encontrar a los judíos en los documentos porque rara vez se asociaban a elementos visibles como firmas o sellos y había que buscarlos en el interior de los textos, mucho más ocurre eso con los musulmanes. Como podéis ver, para encontrarlos hay que sumergirse en los apretados textos de la letra cortesana del siglo XV. Pero al fin hemos encontrado a Hamete, hijo de Maestre Yuçaf Alvaní (¿albañil?), moro morador en Talavera, al que, en enero de 1461, el cura de la parroquia de San Pedro arrienda por cinco años una tienda junto a esa iglesia, por un precio de cinco reales anuales. Y unos años más tarde, en junio de 1497 y también en Talavera, el alcalde, el prioste y el avenidor de la cofradía de Santa María del Prado dan a censo enfitéutico la mitad de una viña en el llamado pago del Rey a “Homat, hijo de maestre Abdallá Chirón, herrero, moro, morador que sois en esta dicha villa de Talavera”, por precio de 70 maravedíes anuales. Observad cómo en ambos casos estas personas son calificadas de “moradores”, es decir, que no eran vecinos de pleno derecho aunque vivían en la ciudad.

Deslinde de Azután (1244)
Deslinde de Azután (1244)

Los mozárabes no eran musulmanes, sino cristianos viviendo en zonas de predominio musulmán. Tras la conquista de Toledo y su reino, a pesar del cambio de situación política y religiosa, los mozárabes siguieron manteniendo gran parte de su vida y costumbres, incluyendo la de firmar en árabe. Puesto que muchos de los cargos municipales de la ciudad de Toledo permanecieron mucho tiempo en manos de mozárabes, encontramos a veces estas firmas en algunos documentos. El más llamativo es el deslinde de Azután, de 1244. Aunque ya os hablamos largamente de él hace un par de años, no nos resistimos a mostrarlo aquí de nuevo, además de que podéis verlo en nuestra exposición “Historias de la Edad Media”. En él aparece la firma del alcalde mayor de Toledo, don Servant, escrita en aljamiado, que como recordaréis es la escritura castellana con caracteres árabes.

Pero tenemos otro documento que, si no es aparentemente tan bonito, nos ofrece hasta tres firmas en aljamiado. Se trata de un traslado (es decir, una copia autenticada por notario) de un privilegio del rey Fernando IV, “sellado con su sello de plomo colgado” por el que cede al monasterio de San Clemente el producto de todos los impuestos reales de sus vasallos (los del monasterio) en el reino de Toledo, excepto la moneda forera. El documento enumera todos estos impuestos, a saber: “los pechos, los pedidos, el fonsado, la fonsadera, los servicios, la yantar, la martiniega, la marzadga y las acémilas”; para que hoy nos quejemos de complejidad fiscal. Está fechada en Toledo el 6 de abril de la era de 1347, que corresponde a nuestro año 1309. Pero después de copiar el documento se dice: “Este traslado fue sacado de la carta dicha y concertado con ella ante los escribanos de Toledo, que sus nombres escribieron en fe de él”. Sigue la fecha: 16 de mayo del mismo año. Por fin cada uno de los tres escribanos atestiguan: “Yo Ferrand Alfón, escribano de Toledo, so testigo”, y la misma fórmula utilizan sus dos colegas Ruy Pérez hijo de Juan Pérez y Ruy Pérez hijo de Pedro López. Pero lo que más nos interesa es que debajo de cada uno de sus nombres aparece su rúbrica en caracteres árabes, probablemente en aljamiado. En medio siglo aproximadamente hemos pasado de firmar simplemente en aljamiado, a tener que firmar en ambas escrituras, la árabe y la castellana, señal clara de que le uso del árabe se estaba perdiendo poco a poco entre los mozárabes de la ciudad.

DOS DOCUMENTOS SOBRE JUDÍOS

En nuestra exposición “Historias de la Edad Media” hemos dedicado un lugar especial a los documentos en que aparezcan musulmanes o judíos, las dos minorías religiosas más características de la época. Hoy os vamos a presentar dos documentos en los que intervienen directamente judíos. Curiosamente, ambos están fechados el año 1464.

Carta de venta de una casa en Talavera de la Reina en 1464 (detalle del encabezamiento)
Carta de venta de una casa en Talavera de la Reina en 1464 (detalle del encabezamiento)

Como ocurre muchas veces con los documentos de archivo en general, y con los medievales en particular, su interés no es evidente sino escondido. Aparentemente, son papeles o pergaminos llenos de una escritura de difícil lectura para nosotros y sin apenas dibujos o adornos. Así es el primero de nuestros documentos de hoy. Se trata de una escritura de juramento fechada en marzo de 1464 que forma parte de un expediente sobre la venta que hizo doña Cetí, judía y viuda de don Yuçaf Abengadalla, de unas casas en la collación de Santa María de Talavera de la Reina a Martín González de Pedraza, gravadas con un censo en favor de la Colegiata. Sabemos que el difunto marido fue arrendador en 1460-61 del tributo de la “asadura” para la Hermandad Vieja de la ciudad, tributo que consistía en una tasa sobre el paso del ganado por determinados lugares. El primer detalle interesante es que en la carta de venta inmediatamente anterior vemos que Doña Cetí actúa en nombre de sus hijos Ilia y Cedina “como su tutriz e curatriz”, sin necesidad de licencia de ningún varón cercano, lo que resulta significativo en cuanto a la situación de las mujeres en finales de la Edad Media.

Detalle del juramento sobre la venta de una casa en Talavera de la Reina en 1464
Detalle del juramento sobre la venta de una casa en Talavera de la Reina en 1464

Pero lo más llamativo de este documento es el juramento propiamente dicho. Como era de rigor en el momento, después de otorgada la escritura de venta la vendedora debía jurar expresamente que no iba a echarse atrás ni ella ni sus herederos. La fórmula habitual hacía alusión a los Evangelios y a la Cruz, pero en esta ocasión la fórmula que utiliza es la siguiente: “juro por el Nombre del Criador vivo verdadero, que fiso çielo e tierra e mar e arenas e abrió la mar por dose carretas e dio la Ley a Moysén en el monte de Synay, e lo escribió con su dedo en tablas de piedra, e por los Diez Mandamientos de la Ley…”. Por supuesto, esta impresionante frase, que obliga por igual a cristianos y a judíos, es la fórmula legal que ya se recoge en el “Espéculo”, una de las recopilaciones de leyes mandadas hacer por Alfonso X, pero aun así no es demasiado habitual que aparezca en los documentos.

El segundo documento que os queremos enseñar es un recibo. Forma parte del expediente de compra de un olivar en Val de Santo Domingo que adquirió el convento de Santo Domingo el Real de Toledo al judío don Baruc Alocanén, de Maqueda en julio de 1464. Se trata del recibo de haber pagado la correspondiente alcabala, un impuesto similar a nuestro IVA. El interés radica en que todos los intervinientes son judíos. En efecto, los arrendadores del impuesto son Yudá Alocanén —quizá pariente del comprador de la finca— y Mosén Bahalalú; este último parece que años después se convirtió al cristianismo con el nombre de Lope Fernández. Se especifica que el olivar en cuestión, llamado “El Majuelo”, situado en el pago de Las Tapias, había sido de Mosén Gavisón, y que el pago efectivo no lo hizo Baruc en persona, sino a través de Yudá Abençubal. Incluso encontramos dos firmas, presumiblemente de los dos arrendadores del impuesto: en efecto, en una de ellas se lee “Yudá” y luego un signo, mientras que la otra, mucho más pequeña, resulta completamente ilegible para nosotros. Como en el documento anterior, no es que las firmas de judíos medievales sean totalmente excepcionales en los archivos españoles, pero tampoco aparecen todos los días.

Por último, si tenéis curiosidad por saber más cosas sobre estos judíos, nosotros hemos sacado algunos datos de este artículo de César Pacheco sobre los de Talavera y de este otro de Gonzalo Viñuales sobre Maqueda.

EN MARCHA LA EXPOSICIÓN SOBRE LA EDAD MEDIA

Ayer inauguramos nuestra exposición “Historias de la Edad Media en el AHPTO”. Fue un momento muy especial para nosotros porque volvemos a tener exposiciones temáticas después de más de dos años. El evento fue todo un éxito, con una treintena de amigos acompañándonos y llenando prácticamente nuestra sala, siempre dentro de las medidas de seguridad que todavía debemos respetar. Y, además de la presentación de la exposición, contamos con el mini-concierto de Diego Pinto y Montserrat Egea del que os ofrecemos un pequeño extracto en este enlace. Tanto el vídeo como las fotografías del acto son de nuestra compañera Mª Eugenia Alguacil.

Entre los 22 documentos que exponemos hay algunos de los que ya os hemos hablado en otras ocasiones. Así, el que hemos elegido como imagen de la exposición, que es el deslinde de Azután de 1244, pero también nuestros dos privilegios rodados, uno por el que Fernando III otorga la carta puebla a Añover de Tajo en 1222, y el otro, que es también nuestro documento más antiguo, la confirmación por Alfonso VIII al monasterio de San Clemente de todas sus posesiones, de 1207. Pero durante las próximas semanas iremos desgranando el resto de documentos que tenemos expuestos y también alguna sorpresa.

De momento, aquí están las cuatro fotografías que complementan la exposición: los castillos de Escalona y Guadamur, el claustro del monasterio de San Juan de los Reyes y el interior de la sinagoga de Santa María la Blanca. Las cuatro imágenes proceden del fondo “Rodríguez” y creemos que permiten ambientar bien las tres líneas que recorren la exposición y que hemos llamado “Historias de reyes y nobles”, “Historias de conventos” e “Historias de moros y judíos”.

NUEVA EXPOSICIÓN EN EL AHPTO

Después de más de dos años, ¡VOLVEMOS A TENER UNA EXPOSICIÓN TEMÁTICA EN NUESTRO ARCHIVO!

La última exposición temática que realizó el AHPTO fue en el verano de 2019, dedicada a los coches y las carreteras. Después, la pandemia nos ha impedido programar nuevas muestras de nuestros documentos y, aunque hemos mantenido abierta nuestra Exposición Permanente todo el tiempo posible, ya teníamos muchas ganas de organizar una nueva muestra de documentos con una temática específica. En esta ocasión, aprovechando el 800 aniversario del nacimiento de Alfonso X, hemos titulado nuestra exposición “Historias de la Edad Media”.

Cartel de la exposición

La exposición se inaugurará el próximo día 20 y permanecerá abierta hasta finales del mes de noviembre. El acto de inauguración será el citado día 20, a las 18’00 horas y contará también con la participación de dos jóvenes músicos, Diego Pinto (violín) y Montserrat Egea (chelo).

Invitación a la inauguración de la exposición

La Edad Media es una de las épocas más fascinantes para nosotros. En el siglo V lo que hoy llamamos Europa todavía se parecía más al antiguo Imperio Romano. A principios del XVI, nuestro continente está ya conformado casi como hoy. La organización política, los referentes culturales e ideológicos, los idiomas, la vida cotidiana… casi todo lo que hoy entendemos por “civilización occidental” se formó en este milenio. La Edad Media es cercana, pero también suficientemente lejana como para espolear nuestra imaginación y, de hecho, todavía hoy inspira numerosas películas, libros y series de televisión de gran éxito popular.

Además, en la Edad Media empiezan a aparecer documentos escritos en número suficiente para que se conserven en los archivos. Nuestros documentos más antiguos, que exponemos aquí, son de principios del siglo XII. Y, desde entonces, cada vez en mayor número, nos traen los testimonios de las personas que vivieron y trabajaron en nuestra tierra y que, de alguna manera, nos han hecho como somos hoy.

Hemos organizado los documentos en tres grupos. El primer grupo, asociado al color rojo, habla de las actuaciones de reyes y grandes nobles a través de las firmas, los sellos y los signos de su poder. El segundo grupo, marcado con el color verde, nos cuenta la actividad de la Iglesia, en especial de los monasterios, auténticos poderes económicos, culturales y sociales de toda la época. Y, por fin, si miramos con atención, encontraremos también a las minorías sociales, los musulmanes (“moros”, en la terminología de la época) y los judíos, cuyos documentos identificamos por el color amarillo.

Se trata, pues, de documentos entre cinco y nueve siglos de antigüedad, pero que todavía tienen mucho que enseñarnos.

EL DESLINDE DE AZUTÁN

Hace algunos meses os presentamos un privilegio rodado por el que Alfonso VIII otorgaba determinados bienes al monasterio de San Clemente de Toledo, entre ellos, aunque sin nombrarlo, la localidad de Azután. Esta donación, como era de esperar, originó abundantes roces entre el monasterio y el cercano concejo de Talavera. El documento que os presentamos hoy lo deja bien claro: “que vos [el concejo de Talavera] querellades que se entra el abadesa [de San Clemente] lo vuestro, y otrosí que se querella el abadesa que vos entrades lo só”. Se pretende solucionar el asunto deslindando con precisión los límites entre el término de Azután, propiedad del monasterio, y el de Talavera, con el arbitraje del “alcalde del rey” en Toledo. El acuerdo está fechado en abril de la “era” de 1282, que equivale a nuestro año 1244, reinando Alfonso X el Sabio.

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Más que sobre el fondo del asunto, nos gustaría llamar la atención sobre algunos aspectos interesantes del propio documento. Lo más llamativo, sin duda, son los hilos de colores o “vínculos” que aparecen en la parte inferior. Servían para sujetar los sellos de cera que daban autenticidad al documento, junto con las firmas. Se trataba, sin duda, de los sellos del concejo de Talavera, del convento de San Clemente y del concejo de Toledo. Fijaos en que estos vínculos están unidos al documento mediante tres agujeros, un sistema habitualmente utilizado para sellos de plomo, que estaban reservados al rey o al papa; puede ser un simple detalle casual o quizá una forma discreta de mostrar poder por parte de alguno de los actores, o de todos ellos. Este detalle nos lo ha señalado la profesora Ana Belén Sánchez Prieto, de la Universidad Complutense, a quien se lo agradecemos. En todo caso, alguien cortó meticulosamente los sellos, que hoy están perdidos.

inserto

Otro elemento interesante, aunque mucho menos visible, es el documento inserto. En efecto, dentro del documento se copia literalmente otro anterior que el rey Fernando III había enviado al concejo de Talavera, ordenando que el alcalde del rey en Toledo don Servant arbitrase el pleito en cuestión, junto con dos “hombres buenos” toledanos, otros dos talaveranos y otros dos nombrados por la abadesa del monasterio. Gracias a esta costumbre de copiar documentos hemos podido conocer textos que, de otro modo, se hubieran perdido para siempre, como este caso. En la imagen hemos señalado el documento copiado.

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Y, por supuesto, están las firmas en escritura árabe. Desgraciadamente, nuestros conocimientos de esta lengua son nulos, pero parece claro que se trata de la firma de algunos de estos “hombres buenos” que asesoran y representan a las partes en conflicto, y que conocen el terreno; del hecho, al otro lado firma, con mucha dificultad, uno de estos asesores, un tal “Johannes Stefanus”. Pero ninguno de los nombres que aparecen en el texto es un nombre árabe, por lo que la escritura en esta grafía quizá pudiera tratarse de aljamiado, es decir, palabras latinas escritas con caracteres árabes. Sea como fuere, es evidente que, dos siglos después de la conquista cristiana, la herencia musulmana todavía tiene mucho peso en esta zona, como indica, además de las firmas, que el lugar en disputa es denominado “Daralçotán”. Por cierto, que al hacer el deslinde se mencionan otros lugares, algunos fácilmente identificables, como “Alcolea en Tajo” o “Nava del Moral”, y otros no tanto, como el castillo del Berrueco del Lobo o el puente de “Ravia” o “Rania”. Como siempre, cualquier sugerencia sobre las firmas, los lugares o cualquier otra cosa será bienvenida.

TORRIJOS EN EL SIGLO XIV

El AHPTO conserva un número significativo de documentos medievales. Algunos de ellos ya los hemos presentado en este blog, pero esta vez, en lugar de un solemne documento real, hemos escogido un humilde documento privado. Se trata de la venta de unas casas en Torrijos a finales del siglo XIV. Nada excepcional, pues.

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Ya con el primer vistazo nos damos cuenta de que en este documento casi no hay signos especiales, ni “dibujos”, salvo el signo del notario. El motivo es que estos signos que encontramos en los documentos más solemnes no tienen una función estética, sino que son los que le otorgan valor legal, a falta de firmas autógrafas. Además, el texto ocupa casi todo el espacio disponible. Hay que tener en cuenta que tanto las tintas como el pergamino en que está escrito eran materiales caros, sin contar con que había que pagar al escribano que lo redacta, de manera que no era cuestión de ir derrochando materiales. El documento está escrito en castellano medieval y en un tipo de letra que se llama “gótica cursiva”, plagada de abreviaturas y muy cercana a la “letra cortesana” que se pondrá de moda en el siglo siguiente.

Por este documento Ferrán Martínez, hijo de Martín Ibáñez, y su mujer doña Genta, venden a Antón Sánchez, hijo de Benito Pérez, y a su mujer doña Olalla, todos vecinos de Torrijos, unas casas y “bacarías” (vaquerías) que están “en el suelo [es decir, el solar] de la Orden”; suponemos que se trata de la orden de Santiago, dominante en la zona. Lindan con las casas de Inés Domingo, viuda de Pascual González, con suelo de Mencía Fernández Pantoja y con la calle real. Su precio es de 800 maravedíes de a diez ducados el maravedí. Veamos algunos detalles interesantes.

Mujer

El primero es el nombre de la vendedora, realmente inusual. Hemos barajado la posibilidad de que se llamase Gema o “Gentil”, por más que sean nombres igual de singulares para la época, pero lo cierto es que no podemos dar la transcripción por segura, sobre todo teniendo en cuenta que las dos veces que aparece en el texto lo hace en forma abreviada. Como siempre, se agradece todo tipo de sugerencia. Digamos que al final del texto toma la palabra la propia vendedora para renunciar a determinados privilegios legales y dice que “de la qual ley [a la que renuncia] só çierta e sabidora porque me la fisieron entender los testigos desta carta”; es decir, que, aunque la ley en cuestión estaba redactada en castellano, le tuvieron que explicar su contenido, algo que, por lo demás, ocurre en todas las épocas.

riedra

Otro detalle curioso es la palabra “riedra”, actualmente descartada incluso del diccionario de la Real Academia, y que vale por protección o amparo: “Et si riedra non pudiésemos o non quisiésemos, o contra esta vendida e donación dicha fuésemos”, entonces los vendedores deberán pagar el doble del precio de la casa. Por cierto, que la alusión a la «venta y donación» se refiere a una de las múltiples cláusulas legales, que indica que, si la casa fuese tasada posteriormente en más valor del precio pagado, los vendedores regalarían a los compradores todo ese exceso de precio “por las muchas buenas obras que de vos resçebimos”; esto último, naturalmente, no es más que una fórmula retórica.

fecha

El documento está fechado en Torrijos el 11 de abril de la «era» de 1413. La “era hispánica” empezaba a contar el año 38 a.C., supuestamente el año en que Augusto acabó de conquistar toda la Península, de manera que, en nuestra datación actual, se trataría del año 1375.  

Una vez finalizado el documento se añade un apéndice en el que, tres días después, el mismo notario da fe de la toma de posesión efectiva de las casas. Siguiendo el ritual habitual, y que ya describimos con detalle en otra ocasión, el comprador entró físicamente en la casa “e tomó por la mano al dicho Ferrán Martínez e sacólo fuera dellas”. Una forma muy expresiva de dejar claro quién es el nuevo dueño.

 

LAS CASAS DEL JUDAIZANTE (I)

En la exposición “De puertas para adentro”, que todavía puede verse en el Museo de Santa Cruz de Toledo, se incluyen tres documentos prestados por nuestro archivo. Ya dedicamos sendas entradas a dos de ellos, y hoy nos dedicaremos al tercero. Como pasa con muchos documentos de archivo, su aspecto no es especialmente atractivo, aunque llaman la atención el hecho de estar escrito íntegramente en pergamino, la primorosa letra cortesana o el elaborado signo del notario apostólico que lo redactó. Por cierto, que se puede apreciar a simple vista la diferencia entre una escritura realizada con calma y otra hecha a toda prisa.

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En realidad, se trata de varios documentos cosidos juntos formando un cuadernillo de 39 páginas. Algunos de ellos, a su vez, copian otros relacionados, con lo que el conjunto es de una media docena de documentos, todos fechados entre el 30 de diciembre de 1491 y el 5 de enero del año siguiente. Recordad que 1492, además del descubrimiento de América y de la conquista de Granada, es el año de la expulsión de los judíos.

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Bien, pues el resumen del asunto es el siguiente: el Hospital del Rey de Toledo tenía dos pares de casas, todas colindantes entre sí, en la collación de Santa Leocadia, dadas a censo perpetuo o enfitéutico a Juan de Toledo, que fue “escribano y lugarteniente de escribano mayor de los Ayuntamientos” de la ciudad. Un censo enfitéutico era la cesión de un bien (unas casas, en esta ocasión) a cambio de una cantidad fija para siempre, es decir, una especie de alquiler que hoy llamaríamos “de renta antigua”. En nuestro caso, el censo era de 3.700 maravedíes al año. Juan de Toledo había muerto y las casas, con su censo, pasaron a su hija Teresa Álvarez, casada con Juan Álvarez de Toledo, también escribano pero ausente de la ciudad. Pero este matrimonio no parece interesado en mantener esta situación y proponen al Hospital romper el contrato. El Hospital protesta porque “por estar agora las dichas casas mal reparadas, diz que… quieren fazer dexamiento dellas”. Sin embargo, llegan a un rápido acuerdo, y Teresa y Juan se desprenden de las casas en cuestión. Inmediatamente, el Hospital encuentra inquilino, pero solo para “un par de casas que son las nuevas que el dicho Juan de Toledo labró”. El nuevo arrendatario es Diego de San Martín, escribano de la Inquisición, quien pagaría por ellas 2.050 maravedíes.

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Parece un simple expediente de traspaso de inmueble con censo. Pero en un momento determinado se dice que las casas volvieron a posesión del Hospital “por causa e razón que el dicho Juan de Toledo fue declarado e condenado por el delito de herética pravedad”. En otras palabras, que era un judaizante y que fue condenado por la Inquisición, perdiendo todos sus bienes. No debe ser coincidencia que el destinatario final de estas casas (no todas, sino solo las “nuevas”) sea precisamente un empleado de la temible institución. Esto podría explicar también que su yerno no quisiese aparecer por Toledo en tiempos tan convulsos para los judíos y para todos los relacionados con ellos, enviando en su nombre a su mujer, hija del judaizante. Incluso en algunos documentos ni siquiera está presente la misma Teresa, sino que la representa su tío, el también escribano Fernando Rodríguez de Canales. Toda precaución debía parecerles poca.

Estos documentos ofrecen todavía algunos detalles curiosos, que, para no extendernos demasiado, dejaremos para la próxima semana.