MANUELA Y EUGENIO

Eugenio Hernández era un buen mozo de Talavera, aunque pobre. Durante el año del Señor de 1817 estuvo frecuentando la casa de Bárbara Carrasco, viuda de Tomás Ugena, donde iba a que su hija Manuela le peinara. Y surgió el amor. Así, cuando estaban solos “se propasó a tener libertades y llanezas que [ella] le reprendía y resistía, pero, encendido más y más el fuego de su amor la propuso si quería casarse con él, a lo que respondió que sí”. Eugenio insistía en mantener relaciones sexuales antes de casarse. Tanto insistió que al final “la desfloró y disfrutó su virginidad”. Pero luego, de casamiento nada. Ella, “del desfloramiento y repetidos actos que tuvieron… quedó preñada y dio a luz un niño” que por no poder criarlo “tuvo que darlo a la piedra con el mayor sentimiento y dolor”. Lo de “dar a la piedra” hacía referencia a un nicho que solía haber en la puerta de las inclusas para abandonar allí a los niños recién nacidos. Todo lo anterior lo dice el abogado de Manuela que, indignado por tamaña iniquidad, pide a voces justicia para su defendida.

"...sin faltar a la decencia de su estado, hasta que con el frequente trato, en ocasiones que se hallavan solos, se propasó a tener libertades y llanezas que le reprendía y resistía. pero, encendido ,más y más el fuego de su amor, la propuso si quería casarse con él, a que le respondió que sí, y repitiéndose con el trato y comunicación, se tomó la licencia solo permitida a los maridos. Y posehía del rubor y por otra parte de la inclinación amorosa, aunque insistía condescender a sus torpes deseos, por los llamamientos de su conciencia, avivadas..."
«…pero, encendido más y más el fuego de su amor… se tomó la licencia solo permitida a los maridos…»

Y, efectivamente, empieza el pleito ante el corregidor de Talavera. Primero se pregunta a varios testigos. Por ejemplo, el dueño de la casa donde vivían Manuela y su madre asegura que Eugenio iba con frecuencia y hasta se quedaba a cenar, y que le oyó muchas veces decir que se iba a casar con ella, puesto que tenía un “peujar” para mantenerla; esto es una pequeña porción de tierra que el dueño cede al labrador como parte de su salario. “Y que ha sido tal y tan pública su pasión que no se ha detenido en decirlo a voces, y que se retiró de ella cuando la vio embarazada”. Otro testigo afirma que echó en cara a Eugenio su actitud y que le respondió “que todos los mozos, hasta lograr a una mujer, no se detienen en dar palabras de casamiento”. Incluso el alguacil y el alcalde tuvieron que acudir una noche porque Eugenio estaba discutiendo a gritos con su madre y su hermana que, al parecer, querían impedir el casamiento “porque era cortadora [de telas], como si no lo hubiese sido también su cuñado, marido de una hermana del Eugenio, y el padre de este”.

"...porque aquella hablava con él. Y preguntándole el Sr. Alcalde si estava borracho, le contestó que no, pues solo era por lo referido y porque querían impedirle el casarse con la Manuela porque era cortadora, como si no lo huviese sido también su cuñado (marido de una hermana del Eugenio) y el padre de este. Y, por último, que se havía de casar con ella o havía de hacer modo de que le hechasen a presidio. que haciéndole callar el Sr. Alcalde se retiró conel declarante, y es quanto puede declarar y la verdad bajo el cargo del juramento en que se afirma y ratifica. Y es esta su declaración que le fue leída, expresando ser de edad de treinta y cinco años, y lo firma con su escritura, de que doy fe. Quadros. Josef de Aponte. José Tadeo Holgado de Castañeda"
«…porque querían impedirle el casarse con la Manuela porque era cortadora… se había de casar con ella o había de hacer modo de que le echasen a presidio…»

El 10 de marzo de 1819 declara Eugenio, en presencia de Manuela. Reconoce haber dado palabra de casamiento, pero está seguro que el niño no es suyo y por eso se retractó. Según él, ni siquiera llegaron a mantener relaciones íntimas. Manuela entonces estalla y aporta todos los detalles: “logró por último conocerla carnalmente en la noche del día de la Purísima Concepción del año de mil ochocientos diez y siete, como a la media noche, en casa de su hermano Hipólito, en Calera, en la misma cama que se había hecho para el Eugenio”. Más adelante hubo nuevas relaciones sexuales en su propia casa “como a las siete de la noche a la puerta de su sala” y luego otras ocho o diez veces más.

"En este estado la Manuela, que se halla presente, le reconviene al Eugenio de que se acuerde que después de la pasión que la mostrava, las muchas palabras que la tenía dadas de casamiento y las satisfacciones que disfrutava en su casa de la Manuela, logró por último conocerla carnalmente en la noche del día de la Purísima Concepción del año de mil ochocientos diez y siete, como a la media noche, en casa de su hermano Ypolito, en Calera, en la misma cama que se havía hecho para el Eugenio. Dijo que es incierto quanto la Manuela le recarga."
«…logró por último conocerla carnalmente en la noche del día de la Purísima Concepción…»

Eugenio, acorralado, afirma que en esa habitación entraban hombres a deshora, casados y solteros, incluso con regalos, quedándose a dormir. La indignada muchacha da cumplidas explicaciones: se trata de un lavandero que a veces se quedaba a dormir, pagando por ello, pero en esas ocasiones Manuela dormía en otra habitación y en la misma cama que su hermana y su madre. Y el regalo fue “un pañuelo de naranjas” que un conocido que iba a la habitación vecina regaló a su madre y que, por cierto, acabó comiéndose el mismo Eugenio. Este insiste, sin embargo, en que el niño no es suyo y que “cosa que no ha comido no quiere escotar”. Como vemos, todas estas declaraciones están llenas de sabrosas expresiones populares.

"Talavera. Año de 1818. Manuela Ugena, moza soltera, de esta vecindad, con Eugenio Hernández, también mozo soltero, sobre cumplimiento de palabra de matrimonio y demás que resulta. Juez: el Sr. Corregidor. Escribano: Rivera. Procuradores: Castro, Molina".
Portada del proceso judicial

El abogado de Manuela pide nada menos que ocho años de presidio o bien que cumpla la palabra de matrimonio. A esto último se niega Eugenio y, como es pobre de solemnidad, el corregidor determina “caución juratoria”, es decir, que no pueda salir de Talavera y sus arrabales y que se presente ante la autoridad cada cierto tiempo. Es el 28 de abril. Tres semanas después el joven se presenta ante la justicia, pero nuestro expediente termina aquí. Quizá ninguna de las dos partes tuviese dinero o ganas de seguir adelante y no sabemos si ambos jóvenes se casaron o si dedicaron el resto de sus vidas a odiarse cordialmente.

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