El alojamiento de los estudiantes universitarios ha sido siempre una cuestión de gran importancia. Desde la Edad Media, las Universidades adoptaron un sistema de “colegios” donde los estudiantes vivían y recibían educación complementaria. Pero este sistema empezó a entrar en crisis a finales del siglo XVIII, cuando empezaron a surgir otras formas de alojar a los estudiantes más flexibles y adaptadas a los tiempos. Al principio era simplemente el alojamiento en casa de parientes o amigos, lo que acabó derivando en pensiones más o menos especializadas que pronto empezaron a ser controladas de algún modo por las universidades.

El Plan de Estudios de 1824 ya dispone que estas pensiones deberán ser autorizadas por la Universidad. Por eso, ese mismo año la Universidad de Toledo elaboró un pequeño registro o “librete” en el que ir anotando todas las personas a las que iba autorizando para alojar estudiantes. En el primer año de este registro se anotaron hasta 41 casas que alojaban estudiantes, a las que probablemente haya que añadir algunas más que no estaban autorizadas por la Universidad. Según el estudioso Florentino Gómez, en ellas vivían 111 de los 243 alumnos que tenía en total la Universidad, es decir, casi la mitad. El sistema de pensiones autorizadas fue, desde luego, un éxito desde el primer momento.

La autorización para tener una pensión para estudiantes la otorgaba el Maestrescuela o Canciller, previo informe del “Tribunal de Censura”, que era el órgano encargado de velar por la moral en toda la Universidad. Así lo vemos en esta solicitud que hace en 1833 María García, que vive en la calle Tendillas 9, que expone francamente sus necesidades económicas. Al margen, el canciller de la Universidad dispone que se pida informe al Tribunal de Censura.

Durante algún tiempo, el permiso se concedía través de un título bastante vistoso, como este concedido a Vicente Colavida, de la calle Cristo de la Luz, 9. Obsérvese la insistencia en el control moral de los jóvenes y de sus actividades: que no vayan a “reuniones sospechosas”, ni participen en “juegos prohibidos” (tampoco en los no prohibidos si era en horas de estudios) ni tampoco contacten con personas “iniciadas de malas opiniones”, todo esto siguiendo al pie de la letra la legislación vigente. Hay que tener en cuenta que prácticamente todos los estudiantes eran menores de edad durante sus estudios universitarios.

La vinculación con la Universidad llegó a ser tan grande que incluso los problemas de falta de pago podían acabar siendo dirimidos por las autoridades académicas. Así ocurrió con el pleito entre Eugenio Rodero, de Torrenueva, y Paulino Rodríguez, casero de su hijo, por los constantes retrasos en el pago. En sus cartas pidiendo una moratoria en el pago, Rodero se justifica por hallarse “con la recolección de los frutos en las manos, y tan sin dineros que creo se han sepultado”.

La desaparición de la Universidad de Toledo en 1845 supuso el fin de estos establecimientos, al menos en cuanto su vinculación con los centros educativos. Sin embargo, todavía en 1855 se establece una “Casa pensión del Instituto Provincial de Toledo”, dirigida por el catedrático Narciso Domingo y que obtuvo la aprobación formal de su reglamento por parte del Claustro del Instituto. Se regula con todo detalle la vida de los pensionados, como muestra este cuadro de actividades diarias, pero también se insiste en la higiene y determinadas comodidades para los estudiantes, muchas veces chicos de apenas doce años.
Muy interesante este actividad en torno a los estudiantes universitarios, desconocida en Toledo. Gracias.
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