VENENO EN EL PAN

A finales de julio de 1833 Valeriana García, soltera y vecina de Villanueva de Bogas, de 26 años de edad, se encontraba en el “horno poyal” de su pueblo cociendo pan. Llegó su convecina Nicolasa Pérez de la Serna, criada de Juan Bautista Sánchez, que se dedicó a cerner la harina para hacer lo propio. Se encontraban allí también la hornera, otra vecina y su hija de unos siete años. Mientras esperaban que el pan de Valeriana terminase de hacerse, ésta propuso jugar al popular juego “de las treinta y una”. En un momento determinado, Valeriana provocó una cierta confusión que aprovechó para “echar mezclas de veneno” (en realidad, cal viva) en la harina de Nicolasa con la intención de dañar a su amo. Nicolasa no vio la acción de su vecina, pero sí se percató de la presencia de la cal entre su harina, y se armó el consiguiente revuelo.

Detengamos ahora el relato un momento para mirar alrededor. Fernando VII estaba agonizando y el país empezaba a sumirse en el desorden que pronto llevaría a la I Guerra Carlista. Caía el Antiguo Régimen pero aún no llegaba el nuevo, y esto puede aplicarse también al sistema judicial, que ya no se basaba en la confusión de poderes (por ejemplo, los alcaldes de los pueblos solían ser también jueces de la localidad) pero que tampoco contaba todavía con un sistema de juzgados independientes. Probablemente esto está detrás del hecho de que el incidente del veneno en el pan no se denunciase ante el alcalde de Villanueva de Bogas, sino que interviniese un “escribano cartulario” del cercano pueblo de Turleque, que creyó resolver el asunto con un rápido acuerdo entre las partes.

AHPTO 53834_21Pero no todo el mundo debió quedar satisfecho. Por vías que no se explican, el asunto llegó a oídos de la Audiencia de Granada, la antigua Chancillería, que ejercía como tribunal superior. Además de multar gravemente al escribano que se había extralimitado en sus funciones, la Audiencia ordena en junio de 1834 que se ocupe del asunto el “juez de letras más cercano”, que residía en Villatobas. El procedimiento duraría diez años largos y dejaría como rastro documental un voluminoso expediente de 750 páginas. Valeriana fue rápidamente condenada a seis años de cárcel, pero el proceso se alargó por las dificultades y subterfugios relacionados con el pago de las multas y los embargos de bienes, en un contexto de lo que hoy llamaríamos “inseguridad jurídica”.

Pero, entre tanto auto, declaración, exhorto, notificación, provisión y demás burocracia judicial, se cuelan sabrosos detalles de la vida cotidiana. Así, sabemos que en el horno comunal había siempre dos barajas de cartas para entretener las esperas y se mencionan los “torillos”, descritos como “cantillos de jugar los jóvenes”. También hay repetidas alusiones a la epidemia de cólera morbo que asola la zona y que llega a poner en cuarentena a pueblos enteros. Es curioso que, en un momento determinado, el juez ordena que Valeriana sea encarcelada en Villatobas, al no haber cárcel en su pueblo, pero al día siguiente es devuelta a Villanueva de Bogas, bajo una especie de arresto domiciliario, por la insalubridad de la cárcel “en la que enfermó un preso hace tres días con tanta gravedad que a las ocho horas murió”, motivo por el que el mismo juez había decidido liberar bajo fianza a todos los presos que en aquel momento estaban allí.

¿Y por qué quiso esta joven hacer daño a la casa de Juan Bautista Sánchez? Pues porque, algún tiempo atrás, éste había denunciado al padrastro de Valeriana porque sus caballos habían invadido una de las fincas de Sánchez. Una riña entre familias que derivó en algo mucho más grave, como muchas veces sucede.

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